lunes, 1 de mayo de 2017

Un nuevo golpe a la Constitución... Comentarios sobre la Convocatoria a una Asamblea Constituyente Popular

En momentos de una escalada de confrontación entre la oposición y el gobierno nacional, aunado a una exacerbada división de la sociedad, el Presidente de la República, promueve una Asamblea Constituyente Popular, que a todas luces no resulta el mecanismo ideal para la solución del problema, en especial cuando el clamor popular solicita un cambio de gobierno.

En tal sentido, una Asamblea Constituyente se convoca con el propósito de refundar el Estado y crear una nueva Constitución. A pesar de ello, voceros de gobierno indican que no se trata de hacer una Constitución, sino de hacer modificaciones a la actual, lo que da un primer escenario de manipulación y uso incorrecto de la figura, toda vez que, si se pretenden cambios que no alteren la estructura fundamental lo idóneo sería una enmienda o una reforma. Ahora bien, si lo que desea es cambiar alguna de los elementos fundamentales, como por ejemplo sería la conformación de los poderes públicos es esencial que se realice una Asamblea Constituyente, en caso contrario se estaría cometiendo un nuevo fraude constitucional a través de una modificación impropia a la Carta Magna. Lo cierto es que, lo convocado por Nicolas Maduro no es una Asamblea Constituyente en los términos previstos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

A todo evento, a diferencia de lo ocurrido con la Constitución de 1961, en la Constitución de 1999, si se regula la figura de la Asamblea Nacional Constituyente. En específico los artículos 347, 348 y 349 la desarrollan, en tanto que, el 350, establece el deber del pueblo de desconocer cualquier régimen que contraríe los valores, principios y garantías democráticas o menoscabe los derechos humanos. En este orden de ideas, el artículo 347, establece que, el pueblo puede convocar a una Asamblea Nacional Constituyente para transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución. Por su parte, el artículo 348, establece quien tiene la iniciativa Constituyente, en lo cual, se incluye, entre otros, al presidente de la República, y por último el 349, señala que, el presidente estará obligado a cumplir la Constitución que de ella se derive no pudiendo objetarla.

Ahora bien, en el texto Constitucional no se hace referencia a una “Constituyente Popular”, y tampoco se establece el procedimiento que debe seguirse una vez se convoque la misma, a diferencia de lo que ocurre con las figuras de enmienda y reforma. Ello deja una peligrosa puerta abierta, para que, con base en los artículos 5 y 70 de la Constitución, quien esté en el Poder y controle las instituciones, ante una ausencia de Estado de Derecho pueda hacer lo que desee e imponer su autoridad, pues en todo caso, el CNE y en última instancia la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, totalmente deslegitimada en la actualidad, serán quienes definan los límites del proceso.

Es así como bien vale destacar que, ya en 1998 y 1999, las decisiones de la extinta Corte Suprema de Justicia y el entonces, Consejo Supremo Electoral, confundieron la distinción entre Poder Constituyente y Poder Constituido, dieron paso a como lo señaló en su oportunidad, el Dr. Simón Alberto Consalvi, la destrucción del Estado Constitucional, la eliminación del Congreso y de otros cargos de especial relevancia nacional, aunado a la designación de los nuevos para la fecha, integrantes del Poder Público, con lo cual se violentaba una Constitución que apenas había sido aprobada por votación popular el 15 de diciembre de 1999, que en la actualidad ha sido modificada en reiteradas ocasiones con el fin de mantener en el poder al gobierno de turno.

En consecuencia, a todo lo planteado, es posible afirmar que, convocar a una Constituyente Popular como en efecto ha hecho el presidente, señalando que los Constituyentitas serán escogidos de los sectores populares, comunas, entre otros, es una acción que pone en evidencia la intención de quien la solicita, es decir, dejar por fuera a parte de la sociedad civil que hoy le confronta y reclama. Es no entender el clamor popular que pide un cambio de gobierno. Es actuar fuera de la necesidad real de lo que hoy exige la República, y atentar contra el propio pueblo, violentando nuevamente la Constitución. En el supuesto de materializarse la Constituyente la elección de los Constituyentitas debe ser Universal, Directa y Secreta, dándole cabida a todo aquél que quiera postularse y no de otra forma. Esa es una conquista de la democracia, que no debe perderse. No obstante, se insiste que, lo convocado por Nicolas Maduro, no cumple con los extremos establecidos en la Constitución.

En tal sentido, permitir que se haga una Constituyente en los términos planteados es entregar lo poco que queda de Estado, es dejar a un lado la lucha y permitirle a quien ejerce el Poder terminar de legitimar un proceso que resulta contrario a los intereses de la Nación. En estos momentos la salida no es una Constituyente en los términos expuestos por el presidente. No puede justificarse la misma dándole el adjetivo de “popular”, pues en todo caso, convóquese a elecciones anticipadas que sin estar establecidas en la Constitución realmente viene a ser lo que el pueblo desea, pudiendo fundamentarse la misma en la célebre sentencia del caso Fundahumanos que sirvió de base para lo ocurrido en 1999. Celebrar hoy ese proceso de elecciones generales anticipadas, podría generar como resultado, algo similar a lo que se obtendría con una Constituyente en los términos planteados en la Constitución, pues se cambiaría al gobierno y con ello, se iniciaría una verdadera refundación del Estado y sus instituciones, se podrían dar los pasos necesarios para promover la recuperación de la legalidad, constitucionalidad y legitimidad del ordenamiento jurídico, y es entonces cuando tendría sentido, evaluar la necesidad de crear una nueva Constitución. 

Abg. MSc. Humberto De J. Ortiz R.

1 comentario:

  1. Excelente analisis, lastima que el estado de derecho este inexistente, o mejor dicho subordinado al gobierno, solo con la presion de la sociedad y la presion internacional se lograra implosionar a este gobierno

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